viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº1941

Generales | 11 may 2020

Hasta 12 años, los hijos pueden salir con sus padres

El gobierno a través del boletín Oficial, autorizó a los padres a salir con sus hijos de hasta 12 años a realizar compras. autorización válida para San Nicolás.


Cuarentena y salida con menores de 12 años. A través del Boletín Oficial, el Gobierno autorizó a los padres solos que tengan hijos a cargo, a realizar compras acompañados. El intendente de San Nicolás confirmó que la autorización también rige para la ciudad.

La decisión del gobierno surgió luego de que algunos comerciantes impidieran en cuarentena la entrada de personas con sus hijos aludiendo a las medidas preventivas dispuestas.

La Resolución 262/2020 del Ministerio de Desarrollo Social detalla que la autorización rige para “las y los progenitores o la persona adulta responsable” quienes podrán ingresar con sus “hijos e hijas, o niños o niñas que se encuentren a su cargo, de hasta 12 años de edad a los comercios de cercanía habilitados para funcionar“.

El informe aclara que los padres podrán ser acompañados por los menores “siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable”.

En la resolución se explica que “corresponde a esta jurisdicción entender en la formulación de políticas destinadas a la infancia y la familia; en la promoción, protección, cuidado y defensa de los derechos de los niños y niñas y el desarrollo de la familia”.

Tras los casos previos, desde el Poder Ejecutivo manifestaron que hubo “diversas interpretaciones que han sido erróneas y han devenido en prácticas discriminatorias respecto de niños y niñas, así como de sus progenitoras, progenitores y cuidadores que se han visto impedidos de realizar algunas compras y trámites imprescindibles en establecimientos en las inmediaciones de sus hogares”.

Desde el Ministerio de Desarrollo Social consideraron que para evitar estas situaciones es “necesario precisar que en caso de familias que no tengan la posibilidad de dejar a niños o niñas de hasta doce años de edad, de acuerdo con el distingo efectuado por el artículo 25 del Código Civil y Comercial de la Nación respecto de las personas menores de edad, al cuidado de otro adulto responsable en ocasión de concurrir a los comercios de cercanía que se encuentran habilitados para funcionar, corresponde permitir su ingreso a dichos establecimientos, en compañía de los niños y las niñas a su cargo”.

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